Dotación Edenred
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Tarjeta física o QR Edenred, aceptado en miles de comercios físicos en Colombia para la compra exclusiva de vestuario.

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Herramienta en línea para administradores que permite asignar, gestionar y monitorear los saldos de forma segura, eficiente y trazable.

Aplicación móvil
Los beneficiarios pueden consultar su saldo, ubicar comercios afiliados, acceder a promociones exclusivas y gestionar su beneficio dotación desde su celular, de manera fácil y rápida.
Ventajas con "Dotación Edenred"
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- Libertad al elegir su dotación en miles de establecimientos
- Ahorro personal
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Para tu organización
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- Eficiencia operativa
- Reducción del ausentismo
- Optimización de costos
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Preguntas frecuentes
¿En qué casos debo entregar dotación a mis colaboradores?
Si en tu empresa tienes colaboradores que devengan hasta dos salarios mínimos legales vigentes y han cumplido más de tres meses de trabajo continuo, estás llamado a entregarles dotación en las fechas establecidas por la ley.
¿Cuándo se debe entregar la Dotación?
Según el Artículo 230 del Código Sustantivo del Trabajo, la dotación debe entregarse tres veces al año, en las siguientes fechas:
– 30 de abril
– 31 de agosto
– 20 de diciembre
¿Qué pasa si no entrego la dotación en las fechas establecidas?
No cumplir con estas fechas puede generar:
– Incumplimiento legal, lo que podría derivar en sanciones por parte del Ministerio de Trabajo.
– Desmotivación o inconformidad entre los colaboradores, afectando el clima laboral.
– Riesgos operativos, especialmente si la dotación está relacionada con seguridad o condiciones de trabajo.
Si por alguna razón olvidaste realizar la entrega en las fechas estipuladas, lo más recomendable es ponerte al día lo antes posible y asegurarte de cumplir con las tres entregas anuales. Esto no solo evita posibles sanciones, sino que también demuestra tu compromiso con el bienestar de tu equipo.
¿Qué tipo de prendas deben entregarse como dotación?
La dotación debe incluir ropa y calzado adecuados para el trabajo que realiza el colaborador, teniendo en cuenta condiciones de seguridad, clima y comodidad.
¿La entrega de dotación puede reemplazarse por dinero?
No. La ley exige que se entregue en especie (prendas y calzado). No está permitido sustituirla por dinero o cualquier otro tipo de compensación económica.
¿Qué pasa si el colaborador no ha cumplido tres meses de trabajo?
Si aún no ha cumplido tres meses de vinculación, no estás obligado a entregarle dotación. La obligación aplica a partir del cuarto mes de trabajo continuo.
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